martes, 13 de septiembre de 2016

El fin del Libro de Visitas

A día hoy 13 de septiembre de 2016 deja de ser obligatorio para las empresas el disponer de Libro de Visitas.
Ya en el 2013 se habían producido modificaciones en este sentido, obligando a pasar del clásico formato de libro papel a modelo electrónico, pero la Orden Ministerial de Empleo y Seguridad Social publicada en 12/09/2016 en el BOE suprime totalmente dicha obligación.
Era habitual en el momento de obtener el número patronal de un empresario, acudir al acto a la Inspección de Trabajo a que sellaran el libro, previamente comprado (y pagado) en papelerías. Era incluso más frecuente que ante una Inspección, el empresario (o su gestor) corriera a toda prisa a tramitarlo. Pues bien, todo esto pasa a la historia.
A partir de ahora será el inspector el que abrirá una diligencia en formato electrónico por cada visita o inspección de trabajo que realice, quedando dicha gestión guardada en el historial de la empresa por plazo de 5 años.
No queda otra que dar la bienvenida a toda modificación que contribuya a aligerar la carga administrativa que soportan empresas y autónomos en el desarrollo de su actividad, y más en este caso, siendo el Libro de Visitas en nuestra opinión un anacronismo en un mundo en el que se intenta suprimir la gestión en papel con la administración.

No hay comentarios:

Publicar un comentario